• 20 de Mayo del 2024

Tabasco prohíbe comida chatarra para menores

"Ley Antichatarra" limita publicidad referente en un radio de 300 metros de centros educativos de nivel básico y centros de atención médica

Con 22 votos a favor y ocho en contra, el pleno de Tabasco aprobó este lunes la "Ley Antichatarra", la cual prohíbe la venta y distribución de alimentos y bebidas con alto contenido de azúcar, carbohidratos refinados y grasas a menores de edad.
La reforma adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Tabasco, la Ley de Educación del Estado de Tabasco, así como la Ley de Hacienda Municipal de la entidad, relacionadas con la distribución y venta de bebidas azucaradas preenvasadas y carbonatadas, golosinas y alimentos procesados adicionados con altas cantidades de grasa, azúcares y sodio.
Apenas 12 días después de que Oaxaca fuera la primera entidad en modificar su marco legal en favor de la salud de los niños del país, la Comisión Ordinaria de Salud prohibió la venta, distribución, donación, dádiva y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas preenvasadas, bebidas azucaradas carbonatadas y golosinas.
Además, prohíbe en centros médicos y educativos el consumo de alimentos preparados con predominio de carbohidratos refinados y grasas vegetales en su forma sólida que contengan ácidos grasos hidrogenados en su forma trans.
Se adiciona además al artículo 146-Bis de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Tabasco que se prohibirá la instalación de máquinas expendedoras y la colocación de anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad referente a comida chatarra en un radio de 300 metros de centros educativos de nivel básico y centros de atención médica ambulatoria y hospitalaria.
Por ello, se prevé una estrategia para limitar la publicidad que incide en los gustos y decisiones de compra, por lo que los anuncios, carteles o cualquier tipo de publicidad referente a los productos mencionados, se ubicarán fuera de un radio de 300 metros de los centros educativos.
Se incrementará en 25 por ciento más, la tarifa de pago de derechos para la colocación de dicha publicidad en los lugares autorizados.