• 08 de Mayo del 2024

Deudores de pensión alimenticia y agresores de mujeres no ocuparán cargos públicos

El DOF publicó este lunes la reforma sobre suspensión de derechos para ocupar cargos o empleos en el gobierno

 

El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma que impide a las personas que deban pensión alimenticia y que estén sentenciados por violencia intrafamiliar, violencia sexual o malos tratos a las mujeres que puedan ocupar cargos en el servicio público.

La reforma, que fue aprobada por el Poder Legislativo en el pasado periodo ordinario de sesiones, modificó los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, en materia de “suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público”.

De ahora en adelante, los ciudadanos que estén prófugos de la justicia, que tengan una orden de aprehensión vigente, no podrán ser nombrados en cargos públicos y tampoco los que tengan una sentencia ejecutoria.

Igualmente se suspenderá el derecho de ocupar empleo en el gobierno “por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres por razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”.

Asimismo, las personas que no paguen la pensión alimenticia a sus dependientes económicos, es decir los “deudores alimentarios morosos”, serán descalificados como candidatos a ocupar puestos en el gobierno.

“En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”, estableció el documento.

Además, la reforma precisa los requisitos que deberán cumplir las personas postuladas para ser nombradas como fiscal General de la República.

“Para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere: ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de 10 años, con título profesional de licenciatura en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso”.

En los artículos transitorios, la reforma especifica que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, esto es mañana martes, mientras que en el transcurso de 180 días naturales siguientes, el Congreso de la Unión y las Legislaturas estatales “deberán ajustar sus constituciones y demás legislación que sea necesaria, a fin de dar cumplimiento al presente decreto”.