Este viernes 4 de julio se llevó a cabo la segunda mesa de trabajo con diputadas y diputados de todas las bancadas.
La propuesta que fue presentada es la siguiente:
“Comete el delito de ciberasedio quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona, con la finalidad de alterar su vida cotidiana, perturbar su privacidad o dañar su integridad física o emocional”.
La diputada Norma Pimentel explicó que habrá excepciones para funcionarios públicos:
“En este último párrafo que es de exclusión, hoy se hace una mención expresa que quedaría la exclusión directa para personas servidoras públicas o en representación de alguna actividad del Estado”, dijo.
Reiteró que la finalidad de esta reforma es “modificar los hábitos sociales”, será este miércoles 9 de julio cuando presenten la reforma a la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo).
Además, el Congreso prevé modificar el delito de ciberasedio en el Código Penal para bajar la pena mínima de cárcel de 11 meses a solo seis meses.
Destaca que a diferencia de la definición actual, se elimina de la definición de este delito a quien “insulte, injurie, ofenda, agravie o veje” a otra persona.
También se modifica la actual definición que se refiere al ciberasedio como el acto con la intención de causar un “daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.
En la mesa de trabajo explicaron que por “conducta sistemática” se refieren a cometer el acto más de dos veces, de forma planeada.
Serán los representantes de cada partido quienes conozcan la reforma y posteriormente se enlistará en el orden del día de la sesión del jueves 10 de julio. La Comisión de Procuración y Administración de Justicia será la responsable de dictaminar la reforma.
La diputada Norma Pimentel explicó que desde la primera mesa de trabajo donde se plantearon algunas modificaciones, se buscó proteger la libertad de expresión.
Por ello, se mencionó que habría régimen de exclusión para las expresiones de denuncia pública o exposición de hechos de interés público.
“Una persona activista, defensora de los derechos humanos, defensora de alguna causa social sería un régimen de excepción”, dijo.
Sin embargo, habrá límites para esta excepción previstas en la Constitución, como:
● Ataque a la moral
● Ataque a la vida privada
● Ataque a los derechos de terceros
● Apología del delito