• 03 de Mayo del 2024

Ayuntamiento no necesita de Congreso para concesionar publicidad: ERP

“La concesión no es un simple contrato, lo dice la Corte”, justificó el edil.

El alcalde de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, afirmó que no es necesario el aval del Congreso del Estado para la concesión, por 10 años, de espacios publicitarios en paraderos del transporte público.

Lo anterior, luego de que el diputado Sergio Salomón Céspedes Peregrina señaló que el Poder Legislativo tendría que aprobar cualquier concesión que superará los tres años de administración municipal.

Al señalar apertura para dialogar con los diputados, Rivera Pérez argumentó que el artículo 57, fracción VII de la Constitución, otorga facultades al Congreso para aprobar la enajenación de bienes y los contratos con una duración mayor al periodo del ayuntamiento.

Aunado a lo anterior, el alcalde cito que el artículo 78 fracción XIX de la Ley Orgánica Municipal establece que los convenios y actos que comprometan al ayuntamiento por un plazo mayor a su periodo, “deberán obtener la aprobación a que se refiere la Constitución".

Sin embargo, apuntó que la concesión no es un simple contrato, por lo que no tendrá que ser aprobado en el pleno del Congreso y puede ser suscrito desde el ayuntamiento, toda vez que se trata de un acto administrativo en una figura mixta.

"Como se observa, no existe la facultad del Congreso de aprobar actos, convenios y mucho menos concesiones administrativas, únicamente contratos con una duración mayor al periodo del ayuntamiento, la ley no especifica eso. La concesión no es un simple contrato, lo dice la Corte”, finalizó.