• 12 de Diciembre del 2024
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 691

Definirá Tribunal local este lunes anulación en Yeloixtlahuaca

Tiene el TEE hasta el 16 de agosto para decidir sobre el caso y votar si van por nuevas elecciones en ese municipio de la Mixteca

 

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEE) tiene un máximo de cinco días naturales, que se cumplen el próximo lunes, para definir si procede la anulación y la realización de un nuevo proceso electoral en San Pedro Yeloixtlahuaca.
El Acuerdo Plenario SCM-JRC-187/2021 del TEPJF notificó, el pasado miércoles 11 de agosto, que corresponde al Tribunal Local la resolución de este caso, en el que militantes de Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentaron un recurso, por las presuntas ilegalidades ocurridas en ese municipio de la Mixteca Poblana.
A través de la denuncia que hizo un ex presidente de casilla, se presume que hubo, con antelación, boletas tachadas a favor de la candidata del Fuerza por México (FxM), partido que a nivel nacional dirige el ex morenovallista Gerardo Islas Maldonado.
En esta acusación, que realizó en un video el ciudadano Frausto Soriano Martínez, se acusa que hubo al menos 80 boletas tachadas a favor de la abanderada de FxM, además que de “los paquetes venían abiertos”; a pesar de conocer estos señalamientos, “los funcionarios del IEE (Instituto Estatal Electoral) ignoraron esas anomalías”, se señaló.
Ante esto, el PRI y sus representantes legales acudieron al Tribunal Federal, luego de que aparentemente se negó agilidad a su impugnación en el Instituto Estatal Electoral (IEE) y el TEE.
En el documento de la instancia federal, se aclara que el caso no puede ser atendido, en este momento procesar, por el TEPJF, pero también ordena al Tribunal Local que atienda y defina esta solicitud de anular este proceso, que tuvo su cita en las urnas el pasado 6 de junio.
“Esta Sala Regional considera que el Tribunal Local debe resolver el medio de impugnación en un plazo que no podrá exceder de 5 (cinco) días naturales contados a partir de la notificación de este acuerdo y notificar su determinación a la parte actora dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a que ello ocurra”; el plazo de cumplirá este lunes 16 de agosto.