• 21 de Noviembre del 2024
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SRE da 300 dólares para repatriar cenizas de mexicanos

Urnas con cenizas de migrantes / Gobierno de Puebla

 

Los familiares que quieran trasladar los restos de un ciudadano mexicano deberán presentar el acta de defunción y un certificado de cremación

 

El gobierno de México ordenó que se utilicen hasta 300 dólares para el traslado de urnas con cenizas de migrantes que fallecieron en Estados Unidos, debido a la pandemia de Covid-19. Los 300 dólares son para cada una de las familias de los migrantes que murieron y se les entregarán directamente.

La Secretaría de Relaciones Exteriores les dio instrucciones a los consulados de México en Estados Unidos para que entreguen hasta 300 dólares a los familiares de quienes quieran trasladar las cenizas de mexicanos a sus lugares de origen.

La SRE envió un documento a los consulados, en el que indica que los familiares deberán comprobar de forma individual la necesidad de la ayuda económica. Los familiares que quieran trasladar los restos de un ciudadano mexicano deberán presentar el acta de defunción y el comprobante de que enviarán las cenizas a México.

“La comprobación de la ayuda económica se deberá acreditar de manera individual ante la Dirección de Programación, Organización y Presupuesto con la factura o recibo original expedido por el prestador de servicio, copia simple del acta de defunción extranjera de la persona mexicana fallecida y del documento que acredite el envío de las cenizas a territorio nacional”.

En el documento que envió la Secretaría de Relaciones Exteriores a los consulados se indica que cuando haya varias urnas con el mismo destino, se deberán enviar juntas.

Llegan 5 urnas con cenizas

El viernes 24 de julio, la Secretaría de Relaciones Exteriores repatrió las cenizas de 5 ciudadanos mexicanos que murieron en Estados Unidos, debido a la pandemia de coronavirus Covid-19.

La repatriación se realizó con la colaboración de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el consulado de Los Ángeles, y Aeroméxico, que no cobra a los familiares por el traslado de las urnas con cenizas.

El 11 de julio, el gobierno de México repatrió 245 urnas con cenizas de ciudadanos mexicanos que murieron en Estados Unidos. Las urnas fueron trasladadas desde Nueva York en un avión de la Fuerza Aérea Mexicana.

Reglas para solicitar repatriación de cenizas

En su página web, la Secretaría de Relaciones Exteriores publicó un texto en el que indica cómo se debe solicitar la repatriación de los restos de familiares que murieron en el extranjero.

“Repatriación de restos. ¿Qué hacer para repatriar los restos de un familiar a México?”.

“Si algún familiar fallece en Estados Unidos y deseas trasladar sus restos o cenizas a México, el consulado ofrece orientación, asesoría y apoyo para realizar los trámites y obtener la documentación necesaria. Si necesitas orientación, comunícate con el Departamento de Protección”.

“Contacto: proteccionconlan09@sre.gob.mx. Tel. (213) 351-6817”.

La Secretaría de Relaciones Exteriores indica que para repatriar las cenizas de mexicanos que murieron en Estados Unidos es necesario presentar el certificado de defunción, el permiso para el traslado y un certificado de embalsamamiento o cremación.

“A efecto de facilitar el traslado o internación de un cuerpo o cenizas humanas a México, es necesario visar y certificar los siguientes documentos en el Consulado de México que corresponda al domicilio del/la finado/a o de la funeraria, para ser presentados ante las autoridades sanitarias mexicanas:”.

“1. Acta de defunción que especifique la causa de muerte y lugar de destino final correcto. Si la causa está pendiente/diferida, se debe presentar la carta del forense certificando si la muerte no fue ocasionada por enfermedad contagiosa”.

“2. Permiso de traslado internacional otorgado por el Departamento de Salud, especificando el lugar del destino final correcto”.

  1. Certificado de embalsamamiento o cremación, firmado por el embalsamador o cremador, con su número de licencia”.

“Los documentos deben ser presentados en original y una fotocopia, acompañados de su traducción al español escrita en papel membretado de la funeraria, o traducción certificada por Notario Público”.

“Es importante que el nombre del/la finado/a aparezca por lo menos en la sección del ‘aka’ (also known as) como viene en su acta de nacimiento mexicana, es decir: nombre, apellido paterno y apellido materno. De igual forma el nombre de los padres”.

“El trámite es gratuito y generalmente lo realiza la funeraria ante el Consulado. El horario de atención al público es de 7:00 a.m. a 1:00 p.m. de lunes a viernes, y se entrega el mismo día”.

“Si el cuerpo, o cenizas, será enviado a la Ciudad de México, D.F. se requiere el certificado de defunción mexicana. Si el cuerpo o las cenizas llegan al aeropuerto del D.F. en tránsito hacia otra ciudad, el certificado de defunción debe ser apostillado. Detalles: Última actualización: 13 de febrero 2020”.