• 28 de Marzo del 2024
TGP

En consenso y por la solidaridad a las mujeres

 

Impulsaremos la adecuada tipificación de los delitos para proteger la integridad de las mexicanas

 

 Alejandro Armenta

En el Senado de la República, protegemos el rostro femenino en México. Como Presidente de la Cámara Alta, y como legislador de Morena, no vamos a tolerar ninguna expresión en contra de las mujeres y, reitero que impulsaremos la adecuada tipificación de los delitos para proteger la integridad de las mexicanas.

La justicia para las mujeres no admite distingos partidistas y, nos congratulamos con el consenso logrado en la aprobación de este dictamen, que busca proteger el rostro femenino y la integridad de las mujeres contra las agresiones de las que son objetos.

En México no existen cifras oficiales del número de ataques con ácido hacia mujeres; los últimos datos de la Fundación Carmen Sánchez -que brinda ayuda a quienes son afectadas por este tipo de agresiones- lleva un registro de 28 víctimas en las últimas dos décadas y, en el 85% de los casos, el autor intelectual fue un hombre: 5 de ellos eran sus parejas y 11 de ellos, exparejas sentimentales.

Recientemente en la Cámara Alta se logró otra muestra de unidad cuando de defender a la mujer se trata, ya que con 79 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, recientemente se aprobó en el Senado de la República el dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, de seis iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 85; y se adiciona un artículo 296 bis al Código Penal Federal, en materia de sustancias químicas y ácido en contra de las mujeres.

Se acordó incremento de 7 a 13 años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien por sí o por interpósita persona, cause a otro, lesiones usando para ello cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares, provocando en una mujer un daño o enfermedad incurable.

La pena prevista en el presente artículo se aumentó en dos terceras partes, cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza.

De esa manera, reconocemos que cuando se trata de defender a las mujeres los Grupos Parlamentarios se solidarizan y unen sus esfuerzos para coadyuvar a que se frenen los actos abusivos que atentan contra los rostros femeninos; en el Senado de la República avanzamos por ellas.