El Congreso de la Ciudad de México avanzó significativamente en la protección de los derechos humanos de la comunidad LGBTIQ+, especialmente de la población trans, al aprobar la Ley Paola Buenrostro. Este nuevo marco legal tipifica el transfeminicidio como delito específico, un avance que pone a la Ciudad de México como la segunda entidad en el país, después de Nayarit, en reconocer y sancionar este crimen.
La ley obtuvo la aprobación en lo general y en lo particular con 45 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones. La diputada Ana Francis López presentó el dictamen ante el pleno, el cual modifica el Código Penal, la Ley de Víctimas, el Código Civil y la Ley Orgánica de la Fiscalía de la Ciudad de México.
Con esta legislación, el transfeminicidio se define como el asesinato de una mujer trans o de una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, esté dentro del espectro femenino de género. Las penas para quienes cometan este delito oscilarán entre 35 y 70 años de prisión, de acuerdo con el nuevo Artículo 148 del Código Penal local.
Además, la reforma incluye modificaciones a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Ciudad de México para integrar conceptos como identidad de género y expresión de género en la legislación. También se reformará el Código Civil para asegurar que, en los trámites de las actas de defunción, se reconozca la identidad autopercibida de las víctimas y se permita a la familia social realizar los trámites necesarios para la entrega de los restos mortales.
Este avance legislativo busca no solo sancionar los crímenes de transfeminicidio, sino también garantizar una mayor protección y respeto hacia las personas trans, marcando un paso importante en la lucha por los derechos humanos y la igualdad en la Ciudad de México.