• 25 de Abril del 2024

Arraigo y prisión preventiva en México son violatorias: CIDH

La CIDH ordenó al Estado mexicano dejarlas fuera de su sistema de justicia.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró que el arraigo y la prisión preventiva oficiosa, existentes en el sistema judicial mexicano, son contrarias a la Convención Americana de Derechos Humanos, por lo que le ordenó al Estado dejarlas sin efecto.  

Lo anterior, durante la sentencia final del Caso Tzompaxle Tecpile y otros, contra México, presentada este viernes en Costa Rica.

“Con respecto al arraigo, la Corte consideró que, por tratarse de una medida restrictiva a la libertad de naturaleza pre procesal con fines investigativos, resultaba contraria al contenido de la Convención, en particular vulneraba per se los derechos a la libertad personal y la presunción de inocencia de la persona arraigada (…) En cuanto a la prisión preventiva, se señaló que la misma resultaba per se contraria a la Convención Americana porque no hacía mención a las finalidades de la prisión preventiva, ni a los peligros procesales que buscaría precaver”.

El presidente de la CIDH, Ricardo Pérez Manrique, afirmó que ambas figuras son una forma de sanción anticipada, que viola la presunción de inocencia, garantías judiciales, integridad y libertad personal, así como la vida privada.

La Corte ordenó al Estado mexicano dejar sin efectos las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza preprocesal, y adecuar su ordenamiento jurídico sobre prisión preventiva.

Caso

La detención de tres hombres en 2006, por parte de la Policía Federal en Veracruz, se convirtió en el Caso Tzompaxtle Tecpile y Otros, contra México.

Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López fueron detenidos el 12 de enero en Orizaba, y estuvieron varios días incomunicados y declarando, sin abogado, ante la autoridad.

Seis días después, ya en Ciudad de México, la entonces Procuraduría General de la República (PGR) ordenó su arraigo por 90 días, para investigarlos por los delitos de cohecho y terrorismo.

El 16 de octubre de 2008, los tres quedaron absueltos por terrorismo, pero fueron hallados culpables de cohecho, sin embargo, su sentencia ya estaba cumplida por el tiempo que pasaron en prisión preventiva.

La acusación contra el Estado mexicano fue porque la PGR y la Policía Federal carecían de pruebas en su contra, al momento de la detención, por lo que el arresto fue ilegal.